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Cartas invitación SAT: ¿Qué son y cómo evitarlas?

Cartas invitación SAT 2023

Las cartas de invitación son comunicados que, con fundamento en el artículo 33°del Código Fiscal de la Federación, invitan mediante correo y por medio del buzón tributario al contribuyente para que se aclare voluntariamente la información atípica en el curso de operaciones como, diferencias entre ingresos facturados e ingresos declarados, entre deducciones y comprobantes, la omisión de presentación de declaraciones, etcétera, que son identificados a través de los CFDI los cuales son analizados por programas y algoritmos automatizados.

Las consecuencias de no atender estos requerimientos son auditorías profundas, restricción del CSD (Certificado de Sellos Digital) y multas. Cabe decir que no existe forma de solicitar prórrogas ante estos requerimientos.

¿Dónde puedo aclarar las Cartas de invitación?

Se podrá realizar la aclaración ante la Administración Desconcentrada de Recaudación más cercana a su domicilio fiscal o también puede ser a través del buzón tributario. (Opción mensajes de vigilancia profunda).

Extinción de facultades de comprobación

Con fundamento en el artículo 67 del Código Fiscal de la Federación, las facultades de las autoridades para determinar las contribuciones omitidas se extinguen en cinco años contados a partir del día siguiente a aquel en que se presentó la declaración del ejercicio.

Para aclarar una Carta de Invitación, se recomienda:

  • Validar importes observados en declaraciones contra contabilidad.
  • Integrar partidas a nivel contable.
  • Integrar contratos que avalen los gastos e ingresos.
  • Integrar las facturas y revisar que estén vigentes.
  • Validar que efectivamente se hallan efectuados los pagos mediante cruces
    bancarios, pólizas de pago, etc.
  • Escrito libre aclarando dichas diferencias.

En González Chevez nos preocupamos por tu bienestar y tu situación fiscal, por ello te invitamos a acercarte a tu Contador en caso de que el SAT requiera aclarar tus operaciones.