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Factores de riesgo psicosocial en el trabajo

De acuerdo con la NORMA Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018, Factores de riesgo psicosocial en el trabajo-Identificación, análisis y prevención; violencia laboral son aquellos actos de hostigamiento, acoso o malos tratos en contra del trabajador, que pueden dañar su integridad o salud.

Lo antes mencionado como obligación establecer por escrito, implantar, mantener y difundir en el centro de trabajo una política de prevención de riesgos psicosociales que contemple la violencia laboral y de acuerdo con su campo de aplicación, capítulo 2, rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo.

Los cambios en la organización del trabajo han generado transformaciones en los derechos de las y los trabajadores y sus condiciones de trabajo, así como cambios profundos en las relaciones laborales, lo que ha incrementado, la presión sobre el trabajo y la competencia; en ese sentido, las relaciones solidarias y la confianza se debilitan en la mayoría de los casos y los riesgos psicosociales en el trabajo se han elevado, lo cual ha ocasionado un desequilibrio.

Para dar claridad al quehacer de la política de prevención de actos como el acoso, hostigamiento y maltrato laboral que pueden dañar la autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad de la víctima; que impiden su desarrollo y atentan contra la igualdad.

De acuerdo con lo establecido en el numeral 5.4 de la misma Norma, es obligación del patrón adoptar las medidas para prevenir y controlar los factores de riesgo psicosocial, promover el entorno organizacional favorable, así como para atender las prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y los actos de violencia laboral.

Algo que se debe considerar es que existe la tendencia a asociar la violencia con la agresión física (pegar, golpear, empujar, disparar, etcétera); sin embargo, se deben incluir las conductas verbales amenazantes, intimidatorias, abusivas o que generen acoso y que pueden producir efectos a largo plazo en la salud de las personas trabajadoras, esta puede comprender dos tipos de comportamiento: el de pequeña tiranía y de supervisión abusiva. La primera hace referencia al ejercicio de poder de forma arbitraria y en beneficio propio, donde generalmente las normas son ignoradas, colocadas o eliminadas de acuerdo con las conveniencias del momento; en el segundo caso, se refiere a la ridiculización de los subordinados, de forma privada o pública, la invasión de espacio personal, al trato rudo y descortés que pueden desembocar en el socavamiento social.

En González Chevez, te ayudamos a identificar si existen actos de violencia laboral como factores de riesgo psicosocial, a practicar exámenes y evaluaciones psicológicas, difundir las medidas adoptadas para combatir las prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y actos de violencia laboral, implementar y divulgar mecanismos seguros y confidenciales para la recepción de quejas, así como establecer procedimientos de actuación y seguimiento.